Empresas deberán publicar en web el botón de arrepentimiento
Las empresas que comercialicen bienes y servicios por Internet o teléfono deberán instalar botón para que el consumidor pueda dar marcha atrás con su compra.
Las empresas que comercialicen bienes y servicios por Internet o teléfono deberán incluir un "botón de arrepentimiento" en sus páginas web y en sus aplicaciones. Así lo estableció la Resolución 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Este instrumento permite que las y los consumidores se puedan arrepentir de sus compras o contrataciones, y, en ese caso, tramitar la devolución de los productos o cancelar los servicios adquiridos.
La norma publicada hoy dispone que el "botón de arrepentimiento" debe alojarse en la página de inicio del sitio web institucional de lo...