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Argentina gasta 40 millones de dólares al año en perseguir a usuarios de drogas

Manifestación en Buenos Aires por la despenalización de la marihuana y regulación estatal de los estupefacientes, realizada en mayo pasado

La ley de drogas de Argentina cumple 30 años este fin de semana, y a pesar de que la Corte Suprema de Justicia recomendó hace una década dejar de perseguir a los usuarios de sustancias psicoactivas con el trascendental fallo Arriola, las estadísticas muestran que hay casi tantos detenidos por tenencia de sustancias ocultivo de cannabis que por comercialización. El ministerio de Seguridad que dirige Patricia Bullrich es sólo un eslabón más del mecanismo de fondos públicos que en los últimos tres años gastó 122 millones de dólares en perseguir a usuarios de drogas y cultivadores de marihuana, según un informe realizado por RESET,  una organización compuesta por abogados, psicólogos, trabajadores sociales, sociólogos, politólogos, licenciados en comunicación y estudiantes.

El mecanismo que también incluye al poder judicial y las cárceles, donde la ley mantiene encerradas por estos delitos a miles personas -en su mayoría mujeres extranjeras y pobres-, hace que Argentina gaste unos 2.000 dólares en promedio en abrir causas que por lo general se cierran antes de llegar al juicio. Según datos del Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Nación, entre 2016 y 2018 se iniciaron 294.516 causas, de las cuales 30.185 fueron trámites abiertos por tenencia simple o para consumo de drogas, el cargo que se le imputa, cómo se dice en la jerga policial argentina, los “perejiles” que sólo sirven para “hacer estadística”.

Así, y contando también a cultivadores para consumo o solidarios, en 2016 el Estado gastó 42,5 millones de dólares, con un costo unitario promedio de 2.600 dólares por causa; en 2017, el costo ascendió a unos 45 millones de dólares, y con un costo por causa 3.300 dólares; y en 2018, la erogación llegó a los 34,4 millones de dólares y el costo unitario promedio por causa fue de 2.500 dólares. Es que el artículo 14 de la ley de drogas argentina establece que se debe detener a toda aquella persona que “tuviere en su poder estupefacientes”, para luego dejarla libre una vez que se constate que es para uso personal.

Para graficar la actividad que estos cargos sugieren en una oficina pública, basta con recurrir a los datos de la fiscalía que dirige Federico Delgado, que en 15 días de agosto de 2018 -último mes analizado- vio como el 73% del total de causas iniciadas por infracción a la ley 23.737 lo fueron por tenencia de drogas para consumo personal. Para calcular el “costo promedio por causa”, RESET tomó el 80% del presupuesto asignado en cada año para el MPF y lo dividió por la cantidad de procesos iniciados en el órgano de forma correspondiente a cada año, para contemplar así los gastos regulares de la oficina y que no tienen que ver con los procesos. “Hay una cuestión de clase que indica que el pobre no tiene derecho al placer, porque si uno analiza los casos, son esas las personas criminalizadas por la política de drogas y perseguidas por el prohibicionismo”, opina Riccardo Ancillai Pont, quien realizó la investigación junto a otros cinco integrantes de RESET.

Fomento al mercado ilegal

La imposibilidad de cultivar cannabis o portar otras sustancias prohibidas tiene un beneficiario directo: el mercado ilegal. Según otro informe del Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED) difundido por RESET, en Argentina existen 1.482.165 usuarios de cannabis que, en promedio, consumen 4,8 gramos de esa hierba por mes. Ese mercado mueve en total unos 200 millones de dólares al año. Para contrastar la cifra sólo es necesario cruzar un río: desde la legalización del cannabis en 2013, Uruguay arrebató unos 25 millones de dólares al crimen organizado que se nutre del tráfico.

La discusión sobre despenalización en Argentina cumplió una década en agosto. El fallo Arriola, firmado por todos los integrantes de la Corte Suprema, estableció en un caso particular que el consumo personal de sustancias en el ámbito privado “está exento de la autoridad de los magistrados”, como indica el artículo 19 de la Constitución Nacional. Sin embargo, y a pesar de veinticinco proyectos de ley presentados para hacer lugar a la demanda del máximo tribunal, la ley no se tocó.

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